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Planificación sucesoria, patrimonio y empresa familiar

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¿Qué es la Planificación Sucesoria?

La Planificación Sucesoria ayuda a prevenir conflictos familiares y a cuidar el patrimonio, mediante la adopción de una serie de decisiones que toman en cuenta los intereses y los deseos del heredante (es decir, el sujeto que planifica) y las necesidades de su familia, en un marco de equidad.

Una Planificación Sucesoria efectiva debe partir de las siguientes premisas:

1.- Todos somos mortales, es decir que, tarde o temprano, la Planificación Sucesoria habrá de convertirse en una realidad imposible de modificar.
2.- No sabemos cuándo se habrá de cumplir la premisa anterior. Hay estadísticas que indican cuál es la expectativa de vida de una población, pero la realidad concreta de cada individuo depende de circunstancias imprevisibles, que pueden llevar a que una vida termine de manera precoz, o dentro de los parámetros previstos, o supere las expectativas generales.
3.- Es posible que, antes de que el patrimonio llegue a los herederos, sea necesario atender al retiro del heredante. En función del aumento de las expectativas de vida, cada vez son más las hipótesis en que un patrimonio debe atender, primero, a las necesidades de personas mayores, para luego llegar en plena propiedad a los herederos.

 

 

¿Qué valores protege la Planificación Sucesoria?

Cuando en la familia hay integrantes que no pueden valerse por sí mismo (niños o personas con discapacidad) el primer valor en juego es la protección.
Pero también resulta significativo mantener las buenas relaciones con los familiares, y, en la medida de lo posible, colaborar para que éstos mantengan su vínculo, por lo que el segundo valor en juego es la armonía familiar. Esto significa que, en la medida de lo posible, hay que evitar que el patrimonio genere conflictos y divisiones en el marco de la familia, o que agudice situaciones de enfrentamiento pre-existentes.
Cuando alguien tiene proyectos, y piensa en su continuidad, hay que atender a la proyección, tanto del patrimonio como de las organizaciones en las que se participa (una empresa, una ONG, etc).
Otro valor significativo para muchos es cómo habrán de ser recordados, lo que se traduce en el concepto de trascendencia.

 

 

Algunas preguntas de la Planificación Sucesoria 

  1. Respecto del patrimonio personal
Lectura relacionada  “Casados” con la empresa. La familia política en la empresa familiar

¿Cómo se preserva el patrimonio?

¿Se lo puede hacer crecer?

¿Qué nivel de riesgo me resulta razonable?

¿La transmisión hereditaria de mi patrimonio, puede generar conflictos?

 

  1. b) Respecto de la empresa

¿Debo pensar en que la empresa sea continuada por mis hijos?

¿Todos ellos están en condiciones de compartir la propiedad?

¿Debería priorizar a los que trabajan en la empresa?

¿Y si la vendo?

 

  1. c) Respecto del retiro

¿Retirarme significa irme definitivamente, o sólo tomar un poco de distancia?

¿De qué debería estar permanentemente informado?

¿Qué pasa si, quienes siguen en la empresa, no cumplen mis instrucciones?

¿Y si tengo que volver a manejar la empresa en caso de una crisis?

¿Cuánto debería recibir durante mi retiro?

 

 

  1. La empresa como organización viva.

¿Quién será el líder en la próxima generación?

¿Debería preparar a alguien para manejar la empresa?

¿Cómo habría que elegir al sucesor?

¿Será conveniente profesionalizar la empresa?

¿Es adecuada la forma de organización actual, o habría que revisarla?

 

Actualmente, la ley permite tomar una serie de medidas en el marco de una Planificación Sucesoria:

  • Habiendo hijos, se puede disponer libremente de la tercera parte del patrimonio, es decir, que se puede establecer (a través de un testamento, de un fideicomiso, de una donación) que ese porcentaje mejore a alguno de los hijos en particular, o vaya a favor de otra persona a la que queremos beneficiar o proteger.
  • No habiendo hijos, pero si la persona está casada o estando vivos los padres, tiene la libre disponibilidad de la mitad de su patrimonio.
  • Si no viven los padres, y no está casado, el heredante tiene derecho a disponer libremente de la totalidad de su patrimonio.
  • En cualquier caso, aun frente a los herederos forzosos (o sea, los hijos, los padres y/o el cónyuge) se puede establecer la indivisión del patrimonio de la herencia por el plazo de diez años, lo que permite, por ejemplo, asegurar la unidad en el desarrollo y el manejo de una empresa.

 

 

  • A través de figuras tales como el fideicomiso es posible dividir la figura de quien será el último destinatario del patrimonio (por ejemplo, los hijos con plena capacidad) respecto de quienes usufructuarán el patrimonio (por lo menos, por el lapso de 10 años).
  • Mediante convenios entre socios es posible establecer que, en caso de fallecimiento de alguno de ellos, sus herederos no tendrán derecho a recibir la participación societaria, sino que recibirán una cantidad de dinero que represente su valor (por ejemplo, a través de un seguro de vida). Una figura similar se puede utilizar para evitar que los parientes políticos hereden participaciones societarias en una empresa familiar.
  • Es posible disponer la partición hereditaria, es decir, asegurarse de que cada heredero reciba una parte equivalente a la del otro, pero en bienes separados, lo que, en muchas circunstancias, evita conflictos.
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En síntesis, poner entre las prioridades una reflexión acerca de la Planificación Sucesoria es una manera de ayudar a la unidad familiar, de proteger el patrimonio y de dar sustentabilidad a los proyectos y empresas.

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