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La idoneidad del protocolo familiar en épocas de crisis

Por Inés de Martí Villalba

Desde hace ya varios años ha cobrado singular importancia en el entorno de las empresas familiares la elaboración de los llamados “Protocolos familiares”.

Es de público conocimiento que el tejido empresarial español se compone, mayoritariamente, de empresas familiares. Conforme a los datos del Instituto de la Empresa Familiar, se estima que 1,1 millones de empresas son familiares en España, lo cual supone el 89% sobre el total de las empresas en nuestro país. Generan el 67% del empleo privado, con un total de más de 6,58 millones de puestos de trabajo y son responsables del 57,1 del PIB del sector privado.

Si bien no existe un concepto único, – ni jurídico ni económico -, de la “Empresa Familiar”, si podemos recordar el que la doctrina mercantilista nos aporta. Así, el Profesor Vicent Chuliá la define como “la organización socioeconómica que trata de armonizar dos importantes instituciones sociales, regidas por distintos valores: una, la Empresa, que se rige por el rendimiento y los resultados, y otra, la Familia, que se rige por la protección y la lealtad.”

La armonización de esos dos valores, empresa y familia, ciertamente necesaria para el buen fin de la empresa familiar, es lo que constituye el objeto y finalidad principal del Protocolo Familiar. Éste,en definitiva, se trata de un acuerdo de socios en el que concurren dos condicionantes esenciales: uno, subjetivo, en cuanto a que los socios que suscriben el pacto están unidos por un vínculo familiar que se proyecta sobre una empresa de la que son propietarios, totales o mayoritarios, (de ahí la denominación de “Familia Empresaria”) y otro, objetivo, en cuanto a que la finalidad de tal acuerdo es articular un instrumento que les permita regular aspectos tan esenciales de la empresa como son su organización, la gestión, las relaciones entre la Familia y la Empresa, y la sucesión.

La experiencia adquirida en Net Craman Abogados durante muchos años, tras la participación activa en la elaboración y seguimiento de Protocolos Familiares en grupos empresariales de diversa índole, nos ha enseñado que la metodología de trabajo para conseguir un buen Protocolo no es sencilla. A diferencia de la elaboración de instrumentos puramente jurídicos, habituales en un despacho de abogados, como pueden ser un contrato, un pacto de socios, o similares, el Protocolo Familiar sin duda va mucho más allá en la medida en que, siendo un instrumento de calado jurídico no es sólo eso. El Protocolo debe recoger el consenso de un grupo familiar, a veces numeroso cuantitativamente y casi siempre diverso cualitativamente, que deberá dedicar un tiempo y esfuerzo considerables para lograr ese consenso. Para que un Protocolo Familiar “funcione” y tenga pervivencia en el tiempo, debe haber sido el fruto de una reflexión serena y, desde luego, de una participación lo más amplia posible de la Familia, de modo que sus miembros lo sientan como suyo y que en esa medida lo puedan hacer suyo las generaciones futuras. La experiencia nos dice que un Protocolo “impuesto” por el patriarca de la familia sin una participación real del resto de los miembros de ésta, posiblemente no servirá eficazmente como instrumento regulador de la Empresa Familiar. En el mejor de los casos sufrirá importantes modificaciones cuando el patriarca ya no esté o, en el peor, puede ser el origen de una crisis y posterior cisma en el seno de la familia empresaria.

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Finalmente, la elaboración y puesta en práctica de un Protocolo Familiar determinará necesariamente la creación de otros actos jurídicos simultáneos o inmediatamente posteriores a aquél. Nos referimos a testamentos, pactos sucesorios (tan en boga actualmente especialmente en territorios con Derechos Forales muy creativos en lo que respecta a esa figura), capitulaciones matrimoniales, estatutos sociales, creación de sociedades “holding”, etc …, que serán la plasmación jurídica de muchas de las previsiones contenidas en el Protocolo.

En definitiva, el Protocolo Familiar se configura como un magnífico instrumento para armonizar familia y empresa, no es desde luego la varita mágica que asegure la pervivencia de esta última pues para ello se precisan, sobre todo, gestores eficaces que adopten decisiones acertadas.

Ahora bien, teniendo en cuenta que un elevado número de empresas familiares no sobrevive a la segunda generación y que, – como nos dice la experiencia -, muchas veces las causas de su desaparición son más familiares que empresariales, hay que concluir en la idoneidad de un buen Protocolo Familiar para lograr esa supervivencia.

Es inevitable mencionar – especialmente con la grave crisis económica que se avecina por el efecto del Covid – que será muy necesario que se sigan impulsando políticas económicas, en general, y de índole tributaria, en especial, que favorezcan y protejan a las empresas familiares, núcleo esencial de nuestra economía.

Fuente: https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-civil/familia/la-idoneidad-del-protocolo-familiar-en-epocas-de-crisis-2020-06-04/

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